
Programa de Fomento a la Inversión Estratégica
Provincia de Mendoza
El Programa de Fomento a la Inversión Estratégica consiste en la emisión de un certificado de crédito fiscal para ser aplicado contra ingresos brutos, por un monto de hasta el 100% de la inversión en activos reales que realice una empresa con un proyecto previamente evaluado y seleccionado según diferentes criterios económicos. El certificado se otorga una vez finalizada la inversión, se puede transferir una sola vez y ser utilizado por cualquier contribuyente que sea sujeto pasivo de impuesto a los ingresos brutos en la provincia de Mendoza. El certificado podrá aplicarse como pago a cuenta de hasta el 10% del monto total y mensual de dicho impuesto.
OBJETIVOS
Impulsar la concreción de inversiones en la Provincia de Mendoza que resulten en un:
Aumento de la competitividad de las industrias locales
fortaleciendo las cadenas de valor y,
el incremento de la actividad económica.
EN QUE CONSISTE?
En la realización de un Concurso Público de Proyectos de Inversión que permite obtener un certificado de crédito fiscal de hasta el 100% de la inversión.
Monto del beneficio fiscal y asignación por sectores.
El monto total del beneficio fiscal es de $ 1.000 millones (Ley 8.923) y será distribuido de la siguiente manera:
Sector | Cupo destinado |
Energías renovables | $ 200 millones |
Industria | $ 200 millones |
TIC´s | $ 150 millones |
Agroindustria | $ 100 millones |
Inversiones en sectores productivos y de servicios estratégicos | $ 300 millones |
Infraestructura comercial | $ 50 millones |
POSTULANTES
Podrán participar las personas físicas y jurídicas cuyas inversiones se encuadren en alguno de los siguientes tipos de proyectos y montos mínimos de inversión, según el rubro que se trate.
El beneficio operará bajo condición que el contribuyente no registre deuda exigible por impuestos, tasas, contribuciones o multas aplicadas por la Administración Tributaria Mendoza, o que la misma se encuentre regularizada.
Sector | Monto mínimo
de la inversión |
Energías renovables | $ 1.000.000 |
TICs | $ 1.500.000 |
Agroindustria | $ 2.000.000 |
Industria de Base no Agraria | $ 2.000.000 |
Inversiones en sectores productivos y de servicios estratégicos | $ 50.000.000 |
Infraestructura comercial | $ 1.000.000 |
Proyectos | Definición |
Inversión en Energías renovables | Comprende inversiones que sirvan de base para la provisión a empresas prestadoras de energías renovables.
Inversiones orientadas a la eficiencia energética. Autogeneración de energía eléctrica. |
Inversión en TICs | Comprende las inversiones en recursos necesarios para manipular la información y particularmente los ordenadores, programas informáticos y redes necesarias para convertirla, almacenarla, administrarla, transmitirla y encontrarla. |
Inversión en Agroindustria | Inversiones en activos reales que incrementen la innovación y productividad de la empresa. |
Inversión en industria de base no agraria | Inversiones en activos reales que incrementen la innovación y productividad de la empresa. |
Inversiones Productivas Estratégicas y de servicios | Son aquellas inversiones que, por su magnitud y desarrollo, impactarán en más de un sector económico, desarrollando una cadena de valor en la Provincia. |
Inversiones Comerciales (Construcción de Locales Comerciales) | Inversiones destinadas a la remodelación, ampliación, refacción y/o construcción de locales comerciales para su posterior venta o alquiler. |
OBJETO DEL BENEFICIO FISCAL
Podrán participar los proyectos que se refieran a inversiones productivas realizadas en el territorio de la Provincia de Mendoza a partir del 2017 y/o que inicien durante el período fiscal 2017.
Tienen que ser inversiones en activos reales, sean éstos bienes de capital u obras de infraestructura.
No se considerarán inversiones productivas a los fines del beneficio fiscal las destinadas a capital de trabajo; adquisición de inmuebles; adquisición de rodados (excepto que tenga un destino turístico fehacientemente acreditado).
Evaluación y selección de propuestas.
La Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento de Mendoza verificará el cumplimiento de los requisitos formales y asignará puntaje a las propuestas.
A efectos de la evaluación y asignación de los cupos de los beneficios fiscales disponible, las propuestas se agruparán por proyectos.
Una vez asignado el puntaje a cada propuesta, la Administradora las ordenará en cada sector en orden descendente y asignará en dicho orden el cupo del beneficio fiscal disponible en el sector.
El Comité de Evaluación emitirá una Resolución otorgando el beneficio fiscal. Este Comité estará integrado por representantes del Ministerio de Hacienda y Finanzas; de Gobierno, Trabajo y Justicia; y de Economía, Infraestructura y Energía.
El certificado del bono fiscal será emitido por una vez que el adjudicatario acredite fehacientemente el cumplimiento de la inversión total, de generación de puestos de trabajo y de la inversión en activos reales producidos por la industria local. El certificado será emitido por la Administración Tributaria Mendoza (A.T.M.) a nombre del beneficiario, por el monto adjudicado.
Ítem de evaluación | Máximo puntaje |
Nivel de Inversión total | 30 puntos |
Generación de puestos de trabajo directos | 35 puntos |
Inversión en activos reales producidos por la industria local | 35 puntos |
Nivel de Inversión (escala) | Puntaje |
Más del 30% del cupo total asignado al sector | 30 puntos |
Más del 20% y hasta el 30% del cupo total asignado al sector | 20puntos |
Más del 11% y hasta el 19% del cupo total asignado al sector | 15 puntos |
Hasta el 10% del cupo total asignado al sector | 10 puntos |
Cantidad de Empleos | Puntaje |
Más de 25 | 35 puntos |
22 a 25 | 30 puntos |
18 a 22 | 25 puntos |
13 a 17 | 20 puntos |
9 a 12 | 15 puntos |
4 a 8 | 10 puntos |
1 a 3 | 5 puntos |
Nivel de Inversión (escala) | Puntaje |
Más del 60% del total de la inversión total es de fabricación local | 35 puntos |
Más del 30% y hasta el 60% del total de la inversión total es de fabricación local | 20puntos |
Hasta el 30% del total de la inversión total es de fabricación local | 10 puntos |
TRANSFERENCIA Y PLAZO PARA UTILIZAR EL CERTIFICADO DE CRÉDITO FISCAL
- El certificado será nominado y transferible por única vez, en la medida en que no haya sido utilizado por el adjudicatario.
- El certificado podrá aplicarse como pago a cuenta de hasta el 10% del monto total y mensual del impuesto sobre los ingresos brutos que devengue el desarrollo de una o más actividades, cualquieras sean, por las que su titular resulte sujeto pasivo.
- Se podrá utilizar hasta en 5 años computados desde el 1/1/2017.
La fecha límite es el 26 de junio de 2017 a las 13.00 hs. y deberá presentarse en la sede central de la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento de Mendoza, 9 de Julio 1257, 1º piso, Ciudad de Mendoza.
NORMAS LEGALES
. Ley 8.923 (Ley Impositiva 2017)
. Decreto 239 2 de marzo de 2017
. Decreto 539 20 de abril de 2017
. Resolución 228 20 de abril de 2017
CONSULTAS
Dirección de Desarrollo Tecnológico y Empleo del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, 6to piso de Casa de Gobierno, Mendoza.
Dato de contacto: Lorenzo Nieva lnieva@mendoza.gov.ar
Teléfono 0261 4492534